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Concurso de acreedores

TUIMIL ELECTRICIDAD SA

CIF A15672926Ver la ficha de la empresa

Pasivo 3.840.953 €Activo 3.522.577 €
Publicaciones
608/02/201612/05/2025
Procedimiento
600/2015
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA · Mercantil - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal12/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 600/2015Juez : LEANDRO BLANCO GARCIA-LOMASAuto 09/04/2025

    AUTO APRUEBA PLAN LIQUIDACION

  2. Conclusión del concurso23/04/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 600/2015Juez : MARÍA SALOMÉ MARTÍNEZ BOUZASAuto 09/04/2025

    SE ACUERDA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO.

  3. Otro acto concursal17/03/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 600/2015Juez : MARÍA SALOMÉ MARTÍNEZ BOUZASAuto 06/03/2025

    EL ADMINISTRADOR CONCURSAL PRESENTÓ BOLETÍN DE RENDICIÓN DE CUENTAS.

  4. Conclusión del concurso13/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 600/2015Juez : LEANDRO BLANCO GARCÍA-LOMASAuto 09/04/2025

    Auto de conclusión de concurso por insuficiencia de masa activa

  5. Declaración de concurso27/03/2017
    ⚖️ A CORUÑAAuto 01/02/2017

    Doña Cristina Martínez Pérez, Letrada de la Administración de la Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º dos de A Coruña, El Juzgado de lo Mercantil núm. 2, de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23.1 de la Ley Concursal (LC). Anuncia: En este órgano judicial se tramita Sección 5.ª Convenio 0000600/2015 seguido a instancias de Tuimil Electricidad, S.A., CIF A-15.672.926 y domicilio social en avenida Dos Arrieiros, parcela C5, polígono Río do Pozo, Narón, A Coruña, sobre en los que, por resolución de fecha 1 de febrero de 2017 se ha acordado Auto de Apertura de la Fase de Liquidación, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: "Acuerdo: 1.º Abrir la fase de liquidación del presente concurso. 2.º Quedar en suspenso, durante la fase de liquidación, las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título 3.º de la Ley Concursal. 3.º Se declara disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4.º Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y, en su caso, la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 5.º Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado. 6.º Inscribir, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 7.º Presentar la Administración concursal, en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal. 8.º Formar la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE y en el Registro Público Concursal, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. 8.- Notificar el auto a las partes personadas." Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto. La Coruña, 14 de marzo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

  6. Otro acto concursal08/02/2016
    ⚖️ A CORUÑAAuto 26/01/2016

    El Juzgado de lo Mercantil nº 2, de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 23 de la Ley Concursal anuncia: 1°._ Que en el procedimiento C.N.A. 600/15-L, por Auto de 26 de enero de 2016, se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Tuimil Electricidad, S.A., con C.I.F. A-15.672.926, con domicilio social en la Avenida Arrieiros 1, Parcela 5, Polígono Río do Pozo, Narón, La Coruña, inscrita en el Registro Mercantil de La Coruña en la Sección 8, al Tomo 2.157, Folio 124, Hoja C-22.311. 2°._ Que la deudora declarada en concurso conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. 3°._ Que los acreedores del concursado deben de poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Art. 184.3 de la L.C.) 5º._ Que ha sido nombrado administrador concursal a Economistas y Abogados Asociados del Noroeste, S.L.P., con con domicilio en Calle San Francisco, nº 33,1º, Ferrol, teléfono/fax 981 352 566 y 622 676 233 y correo electrónico [email protected]. La Coruña, 26 de enero de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.