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Concurso de acreedores
TROPO EDITORES SL
CIF B99105983Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 30/12/2017 → 06/10/2020
- Procedimiento
- 856/2017
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal06/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 856/2017Juez : FRANCISCO DE PAULA PUIG BLANESAuto 12/03/2020
Declaración de concurso
- Conclusión del concurso26/05/2020⚖️ BARCELONAProc. 856/2017Auto 12/03/2020
Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Barcelona. Hago saber: Que en el Concurso voluntario abreviado tramitado bajo el n.º 856/2017-A, de la entidad mercantil TROPO EDITORES, S.L., con CIF B99105983, se ha dictado auto firme de fecha 12 de marzo de 2020, en el cual se acuerda la conclusión por finalización de las operaciones de liquidación de la masa activa existente de dicha concursada, su extinción y la cancelación de su inscripción registral, acordándose asimismo la inscripción de la conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro publico correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria 2.ª del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica). Habiéndose aprobado la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal y acordado su cese en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 13 de marzo de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.
- Conclusión del concurso03/03/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 856/2017Juez : MAR FERNANDEZ BARJAUAuto 12/03/2020
1.- Se tiene por personado y por parte a la mercantil VALEUDIS SL y en su representación al Procurador Sr./a. ANDRES PEIRO, PAULA, en virtud del poder especial que se aporta, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida
- Otro acto concursal30/12/2017⚖️ BARCELONAProc. 856/2017Auto 04/12/2017
Edicto Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia sust. del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los Autos n.º 856/2017 A se ha declarado el concurso voluntario por Auto de fecha 4 de diciembre de 2017 de TROPO EDITORES, S.L., con CIF B99105983, en el cual se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es don José-Miguel Cruz Ladera con domicilio en c/Puiggener, 1. 1.º 2.ª CP 08208 Sabadell (Barcelona) y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/Puiggener, 1. 1.º 2.ª CP 08208 Sabadell (Barcelona), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente de la publicación en el "BOE" y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 19 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia sust.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.