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Concurso de acreedores

TRITURADOS CORREAL SOCIEDAD LIMITADA

CIF B96184437Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
217/03/200908/08/2011

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso08/08/2011
    ⚖️ VALENCIAAuto 21/07/2011

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 41/09 voluntario, de la deudora concursada Triturados Correal, S.L., con CIF nº B-96184437, con domicilio en la carretera Comarcal CV 650, kilómetros 3,5, Ointinyent (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 21 de julio de 2011 por el Ilmo Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de tratarse de persona física, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 21 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso17/03/2009
    ⚖️ VALENCIA.Auto 24/02/2009

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento concursal abreviado 41/09, habiéndose dictado en fecha 24 de febrero de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso abreviado voluntario de acreedores de Tirturados Correal, S.L., con domicilio en Carretera Comarcal CV 650, km. 3,5, Ontinyent (Valencia) y CIF B-96184437. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones acordadas en el BOE y en el Diario Levante El Mercantil Valenciano, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 24 de febrero de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.