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Concurso de acreedores

TRINITY 2002 SL

CIF B83613323Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 12/08/2014 → 04/12/2018
Procedimiento
475/2014
Juzgado
juzgado de lo Mercantil n.º 12 de madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/12/2018
    ⚖️ juzgado de lo Mercantil n.º 12 de madridProc. 475/2014Auto 28/11/2018

    EDICTO Don Luis Espinosa Navarro, Letrado de la Administracion de Justicia del juzgado de lo Mercantil n.º 12 de madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 475/2014 por auto de fecha 28/11/2018 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso TRINITY 2002, S..L., con CIF B 83613323, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 28 de noviembre de 2018.- Letrado de la Administracion de Justicia, Luis Espinosa Navarro.

  2. Otro acto concursal27/11/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 475/2014Auto 17/11/2014

    Edicto Doña María Dolores Sánchez Franco, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, Anuncia 1. Que en el procedimiento concursal número 475/2014 referente al deudor TRINITY 2002, S.L., con CIF B-83613323, se ha presentado el informe de la Administración Concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 17 de noviembre de 2014.- Secretario judicial.

  3. Otro acto concursal12/08/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 475/2014Auto 31/07/2014

    Edicto D.ª María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 475/2014, por auto de fecha 31 de julio de 2014, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor TRINITY 2002, S.L. con CIF B-83613323. 2.º El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. - Lugar para tal comunicación: 1.- Por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de TRINITY 2002, S.L.": PENTALEGIS, S.L.P., en C/ Alcalá, n.º 114, 3.º B, 28009 Madrid. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected]. Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 31 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.