Concurso de acreedores
TRESNINES SL
CIF B62536552Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 12/08/2014 → 12/08/2014
- Procedimiento
- 944/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/08/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de BarcelonaProc. 944/2013Auto 14/01/2014
Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Barcelona y provincia Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 944/2013 en el que se ha dictado con fecha 17/12/13 auto declarando en estado de concurso a la entidad Tres Nines SL con CIF B62536552 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2013 - 8006825 Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la Intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso Concursada: Tres Nines SL con domicilio en C/ Josep Anselm Clave, 38, 2º Granollers Administrador concursal: D.Dª Francisco Vizcaíno Sánchez, con domicilio en Termes Romanes, 6, Badalona con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de ¡a administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por metilo de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Dado en Barcelona a, 14 de enero de 2014.- El Secretario Judicial. Fdo.: José María Valls Soriano.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.