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Concurso de acreedores

TREBEDE PROYECTOS INMOBILIARIOS SL

CIF B97029037Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
220/01/201007/04/2014
Procedimiento
03/2014

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso07/04/2014
    ⚖️ VALENCIAProc. 03/2014Auto 11/03/2014

    Edicto Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000548/2009, habiéndose dictado en fecha 11/03/2014 por el Ilustrísimo/a. Señor/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Se decreta la conclusión del Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000548/2009, promovido por el Procurador Señor/a Gil Furió, Sara, en nombre y representación de la Mercantil Trebede Proyectos Inmobiliarios, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal doña Adela Perelló Ros, con DNI n.º 20.762.509-H, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Trebede Proyectos Inmobiliarios, S.L., con CIF B97029037, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 15/01/2014. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de los solicitantes del concurso Gil Furió, Sara, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos; procediendo a su publicación en el BOE y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado. Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr./a D/Dña. José María Cutillas Torns, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe. Valencia, 11 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso20/01/2010
    ⚖️ VALENCIAAuto 11/01/2010

    Edicto. Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000548/2009 habiéndose dictado en fecha 11 de enero de 2010 por el Ilustrísimo/Ilustrísima Señor/Señora Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Trebede Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada, con CIF B97029037, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a doña Adela Perelló Ros, con despacho profesional en calle Cirilo Amorós, 36, 3ª de Valencia, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 11 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.