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Concurso de acreedores

TRATAMIENTOS SUPERFICIALES E INYECCION APLICADA SL

CIF B99269078Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
521/10/201708/02/2023
Procedimiento
224/2017
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal08/02/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 224/2017Auto 22/11/2022

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso08/02/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 224/2017Auto 22/11/2022

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal29/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 224/2017Juez : Yolanda Ríos LópezAuto 22/11/2022

    Declarar al deudor FINESELECTION IBERICA SL con CIF B-02677680, en situación de concurso voluntario, concluir el concurso por insuficiencia de masa activa, y acordar la extinción de la sociedad.

  4. Otro acto concursal10/02/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 224/2017Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 01/02/2020

    Abrir la fase de liquidación.

  5. Declaración de concurso21/10/2017
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 224/2017Auto 18/09/2017

    EDICTO Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, Hago saber: 1.º-Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 224/2017-F, y número de Identificación General del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2017 0000170, en el cual se ha dictado en fecha de 18 de septiembre de 2017, Auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil "Tratamientos Superficiales e Inyección Aplicada, S.L.", con CIF número B99269078 y domicilio social en Calatayud (Zaragoza), Polígono Industrial de la Charluca, parcela M-13, C.P. 50300. 2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la Administración Concursal. 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Sardas Gestión, S.L.P.", con CIF B99425878, representada por el economista Don Juan Ignacio Olivan Bascones, con DNI 25.140.580-Q; Dirección postal: Avenida Independencia, n.º 32, 3.º dcha., 50004-Zaragoza; Teléfono: 976-224411; Fax: 976-224412; y Correo electrónico: [email protected] Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado. 4.º-La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º-Indicar que la concursada deudora ha presentado con su solicitud de concurso Propuesta Anticipada de Convenio como documento n.º 7 de la solicitud, que ha sido admitida a trámite en el propio auto de declaración de concurso y de la que se ha dado traslado a la Administración Concursal para su evaluación dentro del plazo de diez días desde la presente publicación, pudiendo los acreedores que no se hubieran adherido antes a dicha propuesta, hacerlo hasta cinco días después de la fecha de presentación del Informe de la Administración Concursal, adhesión que deberá efectuarse mediante comparecencia ante el Letrado de la Administración de Justicia o mediante instrumento público (art. 191.2 bis de la Ley Concursal). 6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 10 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.