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Concurso de acreedores
TRANSYCONS SANTOME SL
CIF B94002136Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 14/04/2014 → 14/04/2014
- Procedimiento
- 2014/0000
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra
Cronología del expediente
- Declaración de concurso14/04/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de PontevedraProc. 2014/0000Auto 27/03/2014
Don JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ MARTÍN, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000049/2014 y NIG n.º 36038 47 1 2014/0000080 se ha dictado en fecha 10/03/14 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor TRANSYCONS SANTOME, S.L., con CIF B-94.002.136, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Atranco, n.º 5, portal 2, 1.ª A, de Cangas do Morrazo; inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra en de la hoja PO-47.685, al folio 20 del tomo y libro 3.540 de Sociedades. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a D. MANUEL FONTAIÑA TROITIÑO, con domicilio postal en calle Sobreira, n.º 6, 3.º D, 36212 Vigo, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. Pontevedra, 27 de marzo de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.