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Concurso de acreedores

TRANSPORTS BOVER SL

CIF B58437328Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
202/11/201524/02/2018
Procedimiento
775/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal24/02/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 07 de BarcelonaProc. 775/2015Auto 15/02/2018

    Rafael Huerta García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Barcelona, hago saber que: En el Concurso abreviado 775/2015 se dictó auto por el que se ha declarado concluso el concurso de TRANSPORTS BOVER, S.L., con NIF B58437328. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 15 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal02/11/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaProc. 775/2015Auto 21/10/2015

    Edicto Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita concurso 775/2015 -C, en el que se ha dictado con fecha 19-10-2015 auto declarando en estado de concurso a la empresa Transports Bover, S.L., con CIF B-58437328, y domicilio en Muralla del Carme, 6, 4-4, 08240 Manresa, con sus facultades intervenidas. Ha sido nombrado Administrador concursal Verae Abogados y Economistas, S.L.P., el cual le ha designado como administrador concursal a Rafael Pujadas Gil, con DNI 37635995Z, quien en fecha 20-10-2015 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala la dirección postal, c/ Roger de Lluria, 87, 1.º 1.º, Telf. 934870299, 08009 Barcelona, y como dirección electrónica [email protected] Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal de la Administración concursal antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud acta. Barcelona, 21 de octubre de 2015.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.