Inicio›Justicia›TRANSPORTES CHOUCELAS SL
Concurso de acreedores
TRANSPORTES CHOUCELAS SL
CIF B15054224Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 11/12/2012 → 03/06/2014
- Procedimiento
- 438/2013 · 438/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña
Cronología del expediente
- Declaración de concurso03/06/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A CoruñaProc. 438/2013Auto 06/05/2014
Edicto. Don Domingo Villafañez García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, Por el presente hago saber: Que en este órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso 438/12-C seguido a instancias de la procuradora doña Patricia Díaz Muiño, sobre Concurso Voluntario Abreviado n.º 438/12-C de la entidad concursada "Transportes Choucelas, S.L.", en los que ha recaído la siguiente resolución de fecha 6 de mayo de 2014 que se reproduce en extracto: Auto. A Coruña, a seis de mayo de dos mil catorce. Hechos Unico.- El administrador concursal del concurso voluntario abreviado de la entidad Transportes Choucelas, S.L., don Jaime Cabeza Gras, presentó el pasado día 3 de marzo de 2014 escrito de comunicación de la insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa, conforme a lo establecido en el artículo 176.bis, apartado 2, de la Ley concursal, junto con las alegaciones que estimó pertinentes acerca de calificación, acciones de reintegración y de responsabilidad de terceros conforme al artículo 176.bis de la LC. Presentó igualmente rendición de cuentas que fue incorporada a la sección segunda del concurso. Puesto de manifiesto dicho informe y rendición de cuentas final a las partes personadas no se formuló oposición alguna dentro del plazo legal por parte de la deudora o de las demás partes personadas o interesados. Dispongo: La conclusión y archivo del proceso concursal necesario de la deudora Transportes Choucelas, S.L., N.º 438/2013-C, domiciliada en A Coruña, Polígono de Pocomaco, parcela B-6, CIF B-15.054.224, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, tomo 1268 del Archivo, folio 11, hoja nº C-6934, por insuficiencia de la masa activa. Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto. Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución. Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Publíquese igualmente en el Registro Público Concusal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre y particípese la conclusión a los mismos Juzgados a los que se comunicó la declaración de concurso. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma Pablo González-Carreró Fojón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña; doy fe A Coruña, 15 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso11/12/2012⚖️ A CORUÑAProc. 438/2012Auto 23/11/2012
Edicto. Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judial del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 438/2012 y NIG n.º 15030 47 1 2012/0000818, se ha dictado en fecha 20-11-12 Auto de declaración de concurso abreviado del deudor "Transportes Choucelas, S.L." con CIF: B-15054224, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña, polígono de Pocomaco, Avda. Primera, parcela B-6. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá remitirse al domicilio indicado al efecto por la administración concursal. También podrá efectuarse por medios telemáticos en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará su nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía y fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimieto deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal). 5.º Que ha sido designado Administrador concursal el Auditor de Cuentas don Jaime Cabeza Gras, con despacho abierto en Rua da Choiva, n.º 5, de Montrove-Oleiros (A Coruña). Teléfono 881-97-92-87 y fax 981-59-50-16, y e-mail [email protected]. A Coruña, 23 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.