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Concurso de acreedores
TRANSLAVITAL SL
CIF B12882890Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 05/07/2018 → 21/10/2021
- Procedimiento
- 582/2016
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso21/10/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 582/2016Juez : MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYAAuto 14/10/2021
SE DECLARA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO DE TRANSLAVITAL SL, POR INSUFICIENCIA DE MASA
- Otro acto concursal05/07/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónAuto 28/06/2018
D. Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 05/06/18, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n º 000582/2016, N.I.G. n.º 12040-66-2-2016-0000692, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso necesario y abreviado al deudor "Translavital, S.L.", domiciliado en C/ Ribera Forner, n.º 94-96, CP 12594 Oropesa del Mar (Castellón), y C.I.F./D.N.I. número B12882890. Segundo: Que se ha determinado el régimen de suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a D. Antonio Ballester Sánchez, con domicilio en Plaza Huertos Sogueros, 5.º-1.º (12001) Castellón, y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 28 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.