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Concurso de acreedores
TRANSESPADA SL
CIF B16134447Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 25/02/2012 → 02/06/2022
- Procedimiento
- 75/2012
- Juzgado
- MERCANTIL - 3
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso02/06/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 75/2012Juez : D. JORGE MONTULL URQUIJOAuto 19/04/2022
DECLARANDO CONCLUSO EL CONCURSO ORDINARIO DE TRANSESPADA S.L. POR FINALIZACION DE LA FASE DE LIQUIDADCION ACORDANDO EL CESE DE LAS LIMITACIONES DE FACULTADES DE ADMON. Y DISPOSICION
- Otro acto concursal25/02/2012⚖️ MADRIDProc. 75/2012Auto 08/02/2012
Edicto. Don Mariano Rodriguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, anuncia: Primero.-Que en el procedimiento número 75/2012, se ha declarado por fecha 8 de febrero de 2012 en concurso Voluntario Ordinario al deudor "Transespada, Sociedad Limitada", con N.I.G. 28079100009052012, CIF: B-16134447 y domicilio en la calle Alejandro Ferrant, 4, 28045 Madrid. Segundo.-Que el deudor conserva las faculades de administración y de disposición de su patimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal, Don Antonio Gabriel Gafforio Maldonado, calle Cronos, 24 y 26, portal 4, oficina A3 y B3 en Madrid, 28037, correo electrónico [email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. Cuarto.-El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Consursal no está desarrollado reglamentariamente. Quinto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Madrid, 8 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.