Concurso de acreedores
TRANSBASUR SL
CIF B73174724Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 31/03/2012 → 22/11/2014
- Procedimiento
- 355/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Murcia
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso22/11/2014⚖️ MURCIAProc. 355/2011Auto 13/10/2014
Edicto Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número dos de Murcia, hago saber: 1.º Que en el procedimiento número CNA 355/2011, por auto de fecha 13 de octubre de 2014 se ha acordado la conclusión del concurso de la mercantil Transbasur, S.L., con CIF B-73174724, al no existir bienes y derechos suficientes para liquidar y abonar los créditos contra la masa. 2.º La cesación de las facultades de administración y disposición de Tranbasur, S.L., por parte del Administración Concursal D. Joaquín Andreu Espinosa. 3.º La extinción y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda. 4.º Aprobar la rendición de cuentas efectuadas por el administrador concursal D. Joaquín Andreu Espinosa. Murcia, 4 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso31/03/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de MurciaProc. 355/2011Auto 20/03/2012
Edicto D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Murcia, por el presente hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 355/2011 se ha dictado a instancias de Transbasur, S.L., con C.I.F.: B-73174724, en fecha 14/03/2012, Auto de Declaración de Concurso del citado deudor, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Alcantarilla, Murcia, Avda. Príncipe, nº 37; B. 2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad. 3º.- Ha sido designado Administrador Concursal D. Joaquín Andreu Espinosa, con despacho profesional en C/ Marquesa, nº 3, Bajo, 30004 Murcia, y correo electrónico "[email protected]" y teléfono 968.21.94.38 y Fax: 968.21.65.11. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a elección de los acreedores, al domicilio postal y dirección electrónica del administrador Concursal que consta en el párrafo tercero de este edicto, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 5º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro en la Ciudad de la Justicia. 6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal. Murcia, 20 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.