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Concurso de acreedores
TRANSALRO SOCIEDAD LIMITADA
CIF B03117157Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 7 — 17/12/2013 → 12/04/2022
- Procedimiento
- 591/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 591/2013Auto 17/03/2022
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal12/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 591/2013Juez : SUSANA CABALLERO VALENTINAuto 17/03/2022
Que en el procedimiento concursal número 1165.05/2019 referente al concursado MANUEL REBOLLO IGLESIAS se ha puesto de manifiesto en la Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado el día 11 de mayo el plan de liquidación
- Conclusión del concurso12/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 591/2013Juez : TEODORO LADRON RODAAuto 17/03/2022
Acuerdo: 1.- Admitir a trámite la comunicación de insolvencia y de inicio de negociaciones
- Conclusión del concurso21/03/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 591/2013Juez : FRANCISCO CABRERA TOMASAuto 17/03/2022
Declaración de conclusión del concurso, alzamiento de limitaciones de administración, se acuerda extinción de Transalro S.L, posibilidad de reapertura si aparecen bienes, se aprueba rendición de cuentas art. 479.2 TRLC
- Otro acto concursal06/02/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 591/2013Juez : JORGE CUELLAR OTONAuto 01/10/2021
Presentación rendición 478 TRLC y plazo de 15 días para oposición a la aprobacion
- Convenio de acreedores02/10/2014⚖️ ALICANTEAuto 26/11/2014
Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, con sede en Elx, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario 000591/2013, siendo la concursada TRANSALRO, S.L., con C.I.F./N.I.F. número B-03117157, en el que se ha dictado de fecha 16-09-2014, Auto que contiene los siguientes pronunciamientos: 1.º Se declara la terminación de la fase común del concurso. 2.º Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección 5.ª del concurso. 3.º Se requiere a la concursada para que en el plazo de cinco dias subsane el defecto de falta de legitimación de firma bien mediante acta notarial, bien mediante comparecencia en este Juzgado ante el Secretario Judicial. Una vez subsanado, se admitirá a trámite la propuesta. Se convoca la Junta de acreedores que se celebrará el próximo día 26 de noviembre de 2014, a las 12,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, publicándose edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado. Notifíquese a los personados y procédase a efectuar publicación en BOE de forma gratuita. Elche, 18 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso17/12/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteAuto 29/11/2013
Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, Por el presente, hago saber: Que por Auto de fecha 25-11-2013 en el procedimiento con número de autos 000591/2013 y NIG 03065-66-2-2013-0000649, se ha declarado en concurso abreviado voluntario al deudor "Transalro, S.L.", con domicilio en y CIF B-03117157. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, representada por la procuradora doña Julia Salgado López. Facultades del concursado: Intervenido. Administrador concursal: Que ha sido nombrada doña Vicenta Francés Francés, colegiada del Ilustre Colegio de Economistas de Alicante, con domicilio postal: c/ Martín Torres, 3, bajo, 03202 Elche, y dirección de correo electrónica: [email protected]. 966 350 160, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente en el BOE. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 29 de noviembre de 2013.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.