InicioJusticiaTRANS BEJIS SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

TRANS BEJIS SOCIEDAD LIMITADA

CIF B97952808Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
313/02/201323/06/2016
Procedimiento
1404/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso23/06/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 3 de ValenciaProc. 1404/2012Auto 30/05/2016

    Dña. Cristina Mª Valero Domenech, Letrada Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, por el presente Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 1404/2012 habiéndose dictado en fecha 30 de mayo de 2016 por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Se decreta la conclusión del concurso concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1404/2012, promovido por la Procuradora Sra. Silvia Garcia Garcia, en nombre y representación de la mercantil Trans Bejis SL con domicilio en Valencia, calle Escalante, nº 19 bajo y C.I.F. número B-97952808, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 8767, libro 6054, folio 68, hoja V-124903, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Raul Marset Garcia, con DNI Nº 7.565.080N, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Trans Bejis SL con C.I.F. B97952808, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 31 de marzo de 2016. Valencia, 30 de mayo de 2016.- La Letrada Admón. Justicia.

  2. Apertura de liquidación26/11/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 1404/2012Auto 28/10/2013

    Doña Cristina María Valero Domench, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente, se hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Trans Bejis, S.L., con CIF B-97952808, con el número de registro 1404/2012, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 28 de octubre de 2013 con el siguiente tenor literal: Se acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación. Requiérase a la administración concursal para que presente el plan de liquidación en el plazo improrrogable de diez días. Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador de la empresa concursada. (art. 145 LC). Se declara la disolución de la mercantil concursada Trans Bejis, S.L., con CIF n.º B-97952808, lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, D. Raúl Marset García, con D.N.I./N.I.F. 7.565.080N. Ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento y gestión sin dilación bajo legales apercibimientos; dado que no se dispone de los medios telemáticos a los que hace referencia el Real Decreto Ley 3/2009 de reforma de la Ley Concursal y que en el presente procedimiento se ha hecho declaración de la gratuidad de las publicaciones, procederá su publicación en el BOE y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado. Expídase testimonio de la presente resolución a efectos de publicidad en el BORME en los términos legales previstos. Expídase mandamiento a Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de los acuerdos adoptados en esta resolución. Fórmense la Sección Quinta del Concurso. Respecto de la Sexta, se formará, cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes. Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en el artículo 168 LC. Modo de impugnación: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante este tribunal." Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente. Valencia, 28 de octubre de 2013.-

  3. Declaración de concurso13/02/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaAuto 14/01/2013

    Edicto. Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 001404/2012 habiéndose dictado en fecha 14/1/13 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Trans Bejis, S.L., con CIF. B97952808, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don Raúl Marset García con DNI 7.565.080N, Economista, con domicilio en Valencia calle Maestro Clavé, 3-1-1ª; tel. 963536434; y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de Un Mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 14 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.