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Concurso de acreedores
TRAM MARESME SL
CIF B62363478Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 12/03/2013 → 12/03/2013
- Procedimiento
- 43/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/03/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 43/2013Auto 21/01/2013
Don Jose Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 43/2013 en el que se ha dictado con fecha 21 de enero de 2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Tram Maresme, S.L., con CIF B62363478, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019-47-1-2012-8004863. Tipo de concurso: voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Tram Maresme, S.L., con domicilio en Rda. Sant Pere, 3, princ.1.º, de Barcelona. Administrador concursal: doña Olga Forner Beltran, con domicilio en Pl. Europa (torre Realia), 41-43, 18, de Barcelona, con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 25 de enero de 2013.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.