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Concurso de acreedores
TRADING ARAGON 2000 SL
CIF B50668987Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 02/12/2013 → 09/05/2016
- Procedimiento
- 414/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso09/05/2016⚖️ ZARAGOZAProc. 414/2013Auto 20/04/2016
EDICTO Doña Tomasa Hernández Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, anuncio: Primero. Que en el procedimiento concursal 414/2013, seguido en este órgano judicial respecto de la concursada "TRADING ARAGON 2000, S.L.", con C.I.F. B-50668987, se ha dictado con fecha 20 de abril de 2016 auto de conclusión del concurso por aceptación del desistimiento. Segundo. En dicho auto se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, así como el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, y se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. Tercero. Contra el auto de conclusión no cabe recurso. Zaragoza, 21 de abril de 2016.- El Letrado Administración Justicia.
- Otro acto concursal19/07/2014⚖️ ZARAGOZAProc. 414/2013Auto 06/02/2014
Edicto Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal Concurso Voluntario Abreviado número 414/2013–F, referente al deudor concursado "Trading Aragón 2000, S.L.", con CIF número B50668987 y domicilio social en Tauste (Zaragoza), Carretera Gallur-Sangüesa, km 11, se ha acordado anunciar la presentación en fecha 6 de febrero de 2014 por la Administración Concursal del Informe previsto en el artículo 75 de la Ley Concursal, cuyo anuncio en el BOE no consta en las actuaciones, al objeto de que por los interesados no personados en el concurso puedan impugnar el inventario y la lista de acreedores de dicho Informe. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días computado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados no personados en el concurso, que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Zaragoza, 8 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso02/12/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de ZaragozaProc. 414/2013Auto 09/10/2013
Doña María Jesús López Marín, Secretaria Judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 414/2013-F, y número de identificación general del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2013 0000901, en el cual se ha dictado en fecha de 9 de octubre de 2013, auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil Trading Aragón 2000, S.L., con CIF número B-50668987 y domicilio social en Tauste (Zaragoza), Carretera Gallur-Sangüesa, km 11 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la administración concursal. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la administración concursal designada, integrada por la sociedad Tribeca Abogados, S.L.P., con CIF B-99051674, representada por el abogado D. Alfredo Sánchez-Rubio Triviño, con DNI 25.160.108-V, dirección postal: Plaza Miguel Salamero, n.º 14, 5.º-D, 50004 Zaragoza; teléfono: 976-484826; fax 976-484823; correo electrónico: [email protected]. Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la administración concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado. 4.º La comunicación de créditos se efectuara de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como lo relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal) Zaragoza, 25 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.