Inicio›Justicia›TRABAJOS EN INOXIDABLE, SA
Concurso de acreedores
TRABAJOS EN INOXIDABLE, SA
CIF A01051960Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 28/04/2011 → 08/07/2021
- Procedimiento
- 98/2011
- Juzgado
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 7 DE VITORIA-GASTEIZ
Cronología del expediente
- Otro acto concursal08/07/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 7 DE VITORIA-GASTEIZ Proc. 98/2011Juez : Santiago Aragonés SeijoAuto 26/05/2021
AUTO DECLARACION DE CONCURSO CONSECUTIVO
- Conclusión del concurso08/07/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 7 DE VITORIA-GASTEIZ Proc. 98/2011Juez : EVA MARIA CHESA CELMAAuto 26/05/2021
Por presentado el anterior escrito por el procurador D. RAMON ALIAGA FRUTOS en representación de MICHEL BLASCO CALLEJA únase a los autos de su razón; y procédase conforme dispone el art. 416 y 418 de la Ley Concursal
- Apertura de liquidación16/04/2013⚖️ VITORIAProc. 98/2011Auto 03/04/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 98/2011 referente al concursado Trabajos en Inoxidable, S.A.U. con CIF número A01051960 por auto de fecha 03/04/2013, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus Administradores sociales, que serán sustituidos por Ia administración concursal. Vitoria-Gasteiz, 3 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Convenio de acreedores04/05/2012⚖️ VITORIAProc. 98/2011Auto 19/04/2012
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 98/2011 referente al deudor Trabajos en Inoxidable, S.A.U., con CIF A01051960, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo 1 del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. 4.- El deudor no ha presentado propuesta de convenio. Vitoria-Gasteiz, 19 de abril de 2012.- El/la Secretario Judicial.
- Otro acto concursal28/04/2011⚖️ VITORIAProc. 98/2011Auto 14/04/2011
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 98/2011, por auto de 14 de abril de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Trabajos en Inoxidable, S.A.U., con NIF A01051960, con domicilio en Plaza Prado n.º Parcela G-1-Oyon y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Oyon. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial el Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Vitoria-Gasteiz, 14 de abril de 2011.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.