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Concurso de acreedores

TORRE DE VENERO, S.L

CIF B39638689Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
227/06/201603/03/2018
Procedimiento
248/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso03/03/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SantanderProc. 248/2016Auto 27/02/2018

    Edicto. D.ª María de las Nieves Garcia Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario 248/2016 se ha acordado por Auto de fecha 27 de febrero de 2018, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso por, insuficiencia de masa activa del concursado TORRE DE VENERO, S.L., CIF B39638689, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la Administración concursal.. 5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de TORRE DE VENERO, S.L., CIF B39638689, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 28 de febrero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal27/06/2016
    ⚖️ SANTANDERAuto 10/06/2016

    Edicto MARÍA DE LAS NIEVES GARCÍA PÉREZ, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, Hago saber: 1.º Que en el procedimiento concursal 0000248/2016, por auto de fecha 10 de junio de 2016 se ha declarado en concurso al deudor TORRE DE VENERO, S.L., con C.I.F. número B39638689, y con domicilio en Menéndez Pelayo, 91, 4.º b Santander. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que ha sido designado administrador concursal D. LUIS ANTONIO RELEA SARABIA, nombrado administrador concursal, con DNI número 12716889M, mayor de edad, con domicilio profesional en Pasaje de Peña, n.º 2, 2.º 39008 Santander, para el ejercicio del cargo en la localidad de Santander, dentro del ámbito territorial del Juzgado, con número de teléfono 942362124, número de fax 942361450, correo electrónico [email protected] Santander, 15 de junio de 2016.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.