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Concurso de acreedores
TODO 100 RESTALIA SL
CIF B87549531Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 15/07/2020 → 30/07/2020
- Procedimiento
- 431/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID
Cronología del expediente
- Otro acto concursal30/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 431/2020Auto 08/07/2020
Resolución sobre las facultades de administración
- Otro acto concursal30/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 431/2020Juez : JUAN FRANCISCO SANTANA MIRALLESAuto 08/07/2020
1.- Declaro en concurso a THE CARAVAN RESTAURACION Y SERVICIOS SLU, con CIF B90338070. 2.- El concurso tendrá la consideración de voluntario y se tramitará por el procedimiento abreviado.
- Declaración de concurso30/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 431/2020Auto 08/07/2020
Auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal15/07/2020⚖️ MADRIDProc. 431/2020Auto 10/07/2020
Edicto Doña María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal. Anuncia: 1. Que en el concurso voluntario 431/2020, por Auto de fecha 08/07/2020, se ha declarado en concurso, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Todo 100 Restalia, S.L., con CIF B-87549531, y domiciliado en C/ Bravo Murillo, n.º 53, 28003 Madrid. 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4. La identidad de la Administración concursal es Abencys Reestructuraciones, S.L.P., con domicilio a efectos de notificación en C/ Velázquez, n.º 105, 2.ª planta, 28006 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. Se ha designado al Letrado D. Carlos Grande Grandas como representante de la entidad Abencys Reestructuraciones, S.L.P. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es. Madrid, 10 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Pariente Vellisca.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.