InicioJusticiaTITANIUM GOURMET SL

Concurso de acreedores

TITANIUM GOURMET SL

CIF B86237815Ver la ficha de la empresa

Activo 9085 €
Publicaciones
312/06/201710/05/2021
Procedimiento
342/2017
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal10/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 342/2017Juez : MARIA JESUS MARTIN GARCIAAuto 24/03/2022

    Auto de conclusión de concurso por insuficiencia de masa activa. ver edicto

  2. Conclusión del concurso10/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 342/2017Juez : AGUEDA RODRIGUEZ DOMÍNGUEZAuto 24/03/2022

    INFORME ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

  3. Otro acto concursal12/06/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridProc. 342/2017Auto 29/05/2017

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento n.º 342/2017, por auto de fecha 12/5/2017.se ha declarado en concurso Voluntario-Ordinario al deudor Titanium Gourmet, S.L., con CIF n.º B-86237815. 2º. - Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: A) Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada: Artículo 27 Ley Concursal, S.L.P.; D. Jorge Cobo García, C/ Castelló, n.º 95, 28006 Madrid; Tfno.: 912909400.; Fax: 954564732. B).- También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: Titanium@artículo27.es Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). Madrid, 29 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.