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Concurso de acreedores
TIHANY MARBELLA SL
CIF B92160563Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 07/10/2010 → 30/12/2025
- Procedimiento
- 1252/2010
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · MERCANTIL DE MÁLAGA Nº 001
Cronología del expediente
- Otro acto concursal30/12/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1252/2010Auto 05/12/2025
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso28/12/2025⚖️ MERCANTIL DE MÁLAGA Nº 001Proc. 1252/2010Juez : JUDITH SAIZ SORIAAuto 05/12/2025
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de la mercantil TIHANY MARBELLA, S.L. por cumplimiento del convenio, cesando los deberes y limitaciones de las facultades de administración y disposición.
- Conclusión del concurso10/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1252/2010Juez : CARMEN CASTILLO ALIAGAAuto 05/12/2025
AUTO declarando en concurso SIN MASA a la mercantil MAGNOLIA CAFÉ, S.L.U., con C.I.F. B-54682679 [¿] plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación edictal puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal
- Declaración de concurso11/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1252/2010Juez : MARIA LUISA PARIENTE VELLISCAAuto 06/05/2021
Finalización fase liquidacion
- Otro acto concursal07/10/2010⚖️ MÁLAGAProc. 1252/2010Auto 27/07/2010
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia Primero.-Que en el procedimiento número 1252/2010, por auto de fecha 27 de julio de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Tihany Marbella, S.L., con NIF B 92.160.563, domicilio social en avenida Severo Ochoa, número 28, edificio Marina Marbella, planta 8, de Marbella, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Marbella - Málaga. Segundo.-Que el deudor conversa las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Las personaciones se realizarán en escrito exclusivamente dirigido a tal fin. En Málaga, 17 de septiembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.