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Concurso de acreedores

TIENDAS LA RAPA SL

CIF B47474747Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
211/04/201902/06/2022
Procedimiento
88/2019
Juzgado
MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso02/06/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 88/2019Juez : JAVIER ESCARDA DE LA JUSTICIAAuto 02/06/2022

    CONCLUSION DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA

  2. Declaración de concurso11/04/2019
    ⚖️ VALLADOLIDAuto 22/03/2019

    Edicto María Begoña Ozamiz Bageneta, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid, por el presente, Hago Saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 0000088 /2019 y NIG 47186 47 1 2019 0000094, se ha dictado en fecha diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor TIENDAS LA RAPA, S.L., con CIF B47474747, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Tres de Abril número 46, 47140 de Laguna de Duero (Valladolid). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor, sometida a la autorización de la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal al Economista/Auditor Jesús María San Miguel Montorio, con domicilio postal en la calle Santiago número 15, 1.º Derecha. 47001 Valladolid y dirección electrónica señalada [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). Valladolid, 22 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Begoña Ozamiz Bageneta.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.