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Concurso de acreedores

THREE ON ROAD SL EN LIQUIDACION

CIF B85519726Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
107/04/201407/04/2014
Procedimiento
532/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso07/04/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 532/2013Auto 18/03/2014

    Edicto Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento concursal registrado como CNA 532/2013, con el número de identificación general NIG: 28079100072052013, por auto de 31/01/14 dictado por el magistrado don Jesús Alemany Eguidazu. Se ha declarado en concurso al deudor Three On Road, S.L., con el n.º de CIF B-85519726, con domicilio en c/ Lluvia, 8, de Leganés (Madrid). Que por renuncia del administrador concursal designado en dicho auto, se procedió por auto de fecha 18 de marzo de 2014 al nombramiento de otro Administrador concursal. 2.º Que en el mismo auto de declaración de concurso se ha procedido a realizar lae apertura de fase de liquidación, formándose la sección quinta. 3.º Quedan en suspenso las facultades de Administración y disposición sobre su patrimonio de la concursada, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4.º Se declara disuelta la concursada, con el cese de sus Administradores que serán sustituidos por la Administración concursal. 5.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. 6.º La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal don José Javier Valle Lobo, con domicilio en la calle Teniente Coronel Noreña, n.º 39, local, (28045 Madrid), con correo electrónico: [email protected], no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el registro público concursal no está desarrollado reglamentariamente. 7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 20 de marzo de 2014.- Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.