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Concurso de acreedores
TEXTILES EURO BLANKETS SL
CIF B97179121Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 30/01/2012 → 04/01/2016
- Procedimiento
- 826/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Declaración de concurso04/01/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaAuto 25/02/2015
Doña Cristina María Valero Domench, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 000826/2011, habiéndose dictado en fecha 25-2-15 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil numero 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Parte Dispositiva Se decreta la conclusión de concurso tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000826/2011, promovido por el Procurador Sr/a FERRER FERRER, JOSÉ VICENTE, en nombre y representación de la mercantil TEXTILES EURO BLANKETS, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Francisco Javier Plana Andrés, con DNI n.º 22696360-Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil TEXTILES EURO BLANKETS, S.L., con CIF B97179121, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 14-1-15. Dése a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de los solicitantes del concurso Ferrer Ferrer, José Vicente a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos; procediendo a su publicación en el BOE y en el BORME, gratuitamente y, asimismo, en el tablón de anuncios del Juzgado. Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Así por este Auto, lo pronuncia manda y firma el Ilmo/a. Sr./a D/Dña José María Cutillas Torns, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe." Valencia, 25 de febrero de 2015.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal04/02/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaAuto 12/11/2012
Dña. Cristina María Valero Doménech, secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Por el presente se hace saber que en este juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de TEXTILES EURO BLANKETS, S.L., con el número de registro 000826/2011, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 12-11-2012 con el siguiente tenor literal: "Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del/los Administrador/es de la empresa concursada. Se declara la disolución de la mercantil concursada TEXTILES EURO BLANKETS, S.L., CIF B97179121, lo que conlleva el cese de la administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, Dº. Francisco Javier Plana Andres con nif. número 22696360-Y, ello sin perjuicio de continuar aquella administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC. Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables". Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente Valencia, 12 de noviembre de 2012.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso30/01/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 826/2011Auto 12/01/2012
D./Dña. Neus Sabater Ventura, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 826/2011, habiéndose dictado en fecha 12 de enero de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Textiles Euro Blankets, S.L., con CIF. B97179121, decretándose la intervención de las facultades de administrador concursal a D. Francisco Javier Plana Andrés, con domicilio profesional en Valencia C/ Correos, n.º 12-3, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 12 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.