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Concurso de acreedores
TEXSAR SOCIEDAD ANONIMA LABORAL
CIF A48407746Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 26/10/2016 → 25/07/2017
- Procedimiento
- 543/2016
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación25/07/2017⚖️ BILBAOProc. 543/2016Auto 13/07/2017
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 543/2016, en el que figuran como concursado/a "Texsar, Sociedad Anónima Laboral", CIF A48407746, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición de las deudoras. Asimismo, se ha acordado también la extinción de las personas jurídicas deudoras. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 13 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación05/11/2016⚖️ BILBAOProc. 543/2016Auto 13/10/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 543/2016 referente al concursado "Texsar, Sociedad Anónima Laboral", con CIF A48407746, por auto de fecha 13 de octubre de 2016 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4. La misma resolución ha acordado que una vez se apruebe el plan de liquidación, se abra la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de dicha sección, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en la misma, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. En Bilbao (Bizkaia), 13 de octubre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal26/10/2016⚖️ BILBAOProc. 543/2016Auto 21/09/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 543/2016, NIG n.º 48.04.2-16/018793, por auto de 21 de septiembre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Texsar, Sociedad Anónima Laboral", con CIF A48407746, con domicilio en Polígono Industrial Erletxes- Pabellón 7-2 Plataforma 115-48960 Galdakao y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal está integrada por D. José Domingo Fuente Martínez. DNI: 20199151E. Domicilio: Julio Urquijo, 2 Drcha. 4º A de Bilbao. Profesión: Economista. Teléfono: 675266602. Fax: no posee. Dirección electrónica: [email protected] En nombre de JDF Audit and Advisory, S.L.P., cuya representación ostenta según consta en la escritura pública. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). 6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es En Bilbao (Bizkaia), 21 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.