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Concurso de acreedores

TEXPLAN SOCIEDAD ANONIMA

CIF A17103714Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
122/09/201622/09/2016
Procedimiento
249/2016
Administración concursal
RODRIGUEZ & SAPENA CONCURSALISTAS, S.L.P.

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso22/09/2016
    ⚖️ GIRONAProc. 249/2016Auto 20/06/2016

    EDICTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO D.Gizane Garvin Rodríguez, Letrado de la Admón. de Justicia en sustitución del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado: Número de asunto: 249/2016 Fecha del Auto de declaración: 20 de junio de 2016 Clase de concurso: voluntario abreviado Ordinario Entidad Concursada: Texplan, S.L. CIF de la concursada: A-17103714 Domicilio de la Concursada: c/ Major s/n con CP: 17172 Planes d'hostoles (les)(Girona) Administrador concursal: RODRIGUEZ & SAPENA CONCURSALISTAS, S.L.P. Dirección postal: C/ Plaça Tetuán, número 23, piso 4-2 puerta con CP: 08009 de la población de Barcelona Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: El concursado se le suspende las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio,quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Llamamiento a los acreedores: los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE. Personación en las actuaciones; Los acreedores pueden personarse mediante abogado y procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil nº 1 de Girona (avd. Ramon Folch, núm.4-6, de 17001 Girona). Girona, 29 de julio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia en sustitución.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.