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Concurso de acreedores

TERUEL PELLETS SL EN LIQUIDACION

CIF B44255156Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
115/03/201715/03/2017
Procedimiento
78/2017

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso15/03/2017
    ⚖️ TERUELProc. 78/2017Auto 28/02/2017

    Edicto Don Alberto Obon Díaz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 (Mercantil) de Teruel, por el presente, Hago saber: Primero.- Que en los Autos seguidos en este órgano judicial como Sección I declaración concurso 78/2017 y NIG número 44216 41 1 2017 0000293, se ha dictado en fecha veintiocho de febrero de dos mil diecisiete Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Teruel Pellets, S.L., con CIF número B-44255156, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Mayor, número 15 de Bea (Teruel). Segundo.- Se ha acordado que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en su ejercicio a la intervención de la Administración Concursal, mediante su autorización o conformidad. Tercero.- Se ha designado, como Administración concursal a la entidad Aguilón-Rambla EAA, S.L.P., en la persona de Agustín Aguilón Gutiérrez, con dirección en calle Marina Española, número 2, 1; 50006 de Zaragoza y dirección electrónica [email protected] señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. Cuarto.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. Sexto.- La deudora tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado y ante la Administración Concursal cuantas veces sea requerida y asimismo tiene el deber de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. Séptimo.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es. Teruel, 28 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.