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Concurso de acreedores
TERMINO ASESORES SLP
CIF B41755364Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 05/08/2015 → 22/10/2018
- Procedimiento
- 1552/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla
Cronología del expediente
- Declaración de concurso22/10/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 1552/2015
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA Que en el procedimiento número 1552/2015, con NIG 4109142M20150003575, por auto de 2/10/18 se ha acordado lo siguiente: " 1.-Declarar la conclusión del concurso de TERMINO ASESORES SL PROFESIONAL, CIF B 41755364. 2.-Archivar las actuaciones. 3.-Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.-El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal. 6.-El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme 7.-La extinción de la entidad TERMINO ASESORES, S.L., PROFESIONAL, debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer. 8.-Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del Juzgado. 9.-Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución. 10.-Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. 11.-Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es FIRME." Sevilla, 18 de octubre de 18.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal05/08/2015⚖️ SEVILLAProc. 1552/2015Auto 27/07/2015
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1552/2015, con NIG 4109142M20150003575 por auto de 16/06/15 se ha declarado en concurso voluntario al deudor TÉRMINO ASESORES, S,L, PROFESIONAL, CIF: B-41755364, con domicilio en calle Asunción, n.º 55, 1.º B, de Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la Administración concursal designado ha sido don José Luis Gómez Roldán, D.N.I: 30.952.646-M, vecino de Sevilla, domicilio avenida Biología, n.º 12, 4.ª planta, edificio Vilamar II (engloba asesores) 41015 Sevilla, dirección de correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el/los periódicos 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 27 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.