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Concurso de acreedores

TERESA ALDAMA SL

CIF B82331539Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
205/07/201627/10/2017
Procedimiento
170/2016 · 38/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal27/10/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridProc. 170/2016Auto 24/10/2017

    Edicto D.ª Irene Ortiz Plaza, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 170/2016 de la mercantil TERESA ALDAMA, S.L. con CIF B-82331539 por auto de fecha 23/10/2017 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 24 de octubre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal05/07/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de MadridProc. 38/2011Auto 09/06/2016

    EDICTO D.ª Francisca Santos-Olmo Martínez, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 170/16, en el que recayó auto de fecha 9 de junio de 2016, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario a la mercantil TERESA ALDAMA, S.L., con C.I.F. B-82331539". "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor". "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal D. Jorge Ignacio Bernal Lancis, la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al juzgado, pudiendo hacerse: personalmente, mediante comunicación por correo postal en la Calle Capitán Haya nº 1 de Madrid (28010), y en su dirección de correo electrónico [email protected]. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 24 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.