Inicio›Justicia›TENMOSUR SL

Concurso de acreedores

TENMOSUR SL

CIF B92508845Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
4 — 08/07/2011 → 07/02/2022
Procedimiento
480.01/2011
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Málaga

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal07/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 480.01/2011Juez : VICTOR MORENO VELASCOAuto 19/10/2021

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal07/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 480.01/2011Juez : VICTOR MORENO VELASCOAuto 19/10/2021

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso07/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 480.01/2011Juez : VICTOR MORENO VELASCOAuto 19/10/2021

    Auto de conclusión de concurso

  4. Otro acto concursal08/07/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de MálagaAuto 15/06/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 480/11, por auto de treinta de mayo de dosmil once se ha declarado en concurso Voluntario al deudor TENMOSUR, S.L., con CIF n.º B-92.508.845, y con domicilio en URB. Sotocolorado, Secadero 44, CP. 29690, Casares y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la ultima publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Las personaciones se realizarán en escrito exclusivamente dirigido a tal fin. Málaga, 15 de junio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.