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Concurso de acreedores
TENFA SL EN LIQUIDACION
CIF B29444320Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 22/12/2012 → 24/02/2021
- Procedimiento
- 450/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid · MERCANTIL - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID
Cronología del expediente
- Convenio de acreedores24/02/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 450/2012Auto 18/12/2020
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, En el procedimiento concursal 450/2012 se dictó un auto de fecha 18 de diciembre de 2020 por el que se ha declarado concluso el concurso de TENFA, S.L., con CIF B-29444320, por cumplimiento de convenio. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 19 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
- Conclusión del concurso04/01/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 450/2012Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 18/12/2020
AUTO CONCLUSION CONCURSO
- Declaración de concurso09/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 450/2012Juez : OLGA AHEDO PEÑAAuto 23/11/2020
SE ACUERDA FORMAR LA SECCION SEXTA DE CALIFICACION DEL CONCURSO.
- Convenio de acreedores11/07/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridAuto 22/06/2015
Edicto Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 450/12 referente al concursado Tenfa, S.L., con CIF n.º B-29444320, por Auto de fecha 22 de junio de 2015 se ha acordado lo siguientes: 1. Se convoca Junta de acreedores que se celebrará el día 28 de septiembre de 2015, a las 11:00 horas de la mañana en la Sala de Audiencias de este Juzgado. 2. Se admite a trámite la propuesta de convenio aportada por la entidad concursada con escrito de 1 de diciembre de 2014. 3. Se acuerda dar traslado de la propuesta de convenio a la Administración Concursal para que, en el plazo improrrogable de diez días, emita escrito de evaluación sobre su contenido. Desde que quede de manifiesto en la Oficina Judicial el correspondiente escrito de evaluación y hasta el momento del cierre de la lista de asistentes a la Junta, se admitirán adhesiones de acreedores a la propuesta de convenio con los requisitos y en la forma establecidos en la Ley Concursal. Madrid, 22 de junio de 2015.- El Secretario judicial.
- Otro acto concursal22/12/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 450/2012Auto 23/10/2012
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 450/2012, con N.I.G. 28079100067982012 por auto de 23 de octubre de 2012 dictado por el Magistrado D. Antonio Pedreira González, se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Tenfa, S.L., con C.I.F.: B-29444320, y con domicilio social en la C/ Claudio Coello, n.º 37, 1.ª planta, Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración Concursal, C/ Juan Bravo, n.º 20, 1.º dcha., 28006 Madrid, teléfono 91 436 26 16 y fax 91 577 39 66, y en el correo electrónico [email protected]. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 3 de diciembre de 2012.- Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.