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Concurso de acreedores

TELEWRAP SL

CIF B83013425Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 28/05/2012 → 14/03/2017
Procedimiento
720/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid anuncia:

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal14/03/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 720/2011Auto 19/04/2016

    Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 720/2011 por auto de fecha 19.4.16 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de TELEWRAP, S.L., con CIF B 83013425, por causa del artículo 152.3 de la LC. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 19 de abril de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso07/06/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid anuncia:Proc. 720/2011Auto 23/11/2011

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid anuncia: Que en el procedimiento concursal número 720/2011 referente al concursado Telewrap, S.L., CIF B83013425, por auto de fecha 20/4/12 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Aprobar el plan de liquidación anticipada propuesto por la Sociedad concursada presentado mediante escrito de solicitud de concurso voluntario de fecha 23 de noviembre de 2011. Segundo.- Abrir la fase de liquidación. Tercero.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. Cuarto.- Declarar disuelta la entidad Telewrap, S.L., con CIF B83013425, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Quinto.- Formación de la Sección Sexta de calificación del concurso. Sexto.- Póngase en conocimiento de los interesados que dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se de a la presente resolución conforme al art. 144 en relación con el art. 23 y 24 de la LC cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 20 de abril de 2012.- El/la Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal28/05/2012
    ⚖️ MADRIDProc. 720/2011Auto 07/05/2012

    El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia Primero.- Que en el procedimiento concursal número 720/2011 referente al deudor Telewrap, S.L. CIF B83013425, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.- Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los Tribunales. Madrid, 7 de mayo de 2012.- El/La Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.