InicioJusticiaTELE-SEVILLA INFORMACION DIGITAL SL

Concurso de acreedores

TELE-SEVILLA INFORMACION DIGITAL SL

CIF B91832022Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
316/03/201625/02/2021
Procedimiento
84/2016
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE SEVILLA

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso25/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE SEVILLAProc. 84/2016Auto 16/02/2021

    EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE SEVILLA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 35.1 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL, anuncia: Que en el procedimiento número 84/2016, por Auto nº 55/2021 de 16 de febrero de 2021, se ha dictado auto de conclusión del concurso, correspondiente al deudor TELESEVILLA INFORMACION DIGITAL, S.L.U., con C.I.F B-91832022. La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto dice lo siguiente: Parte Dispositiva ACUERDO: 1) La conclusión del proceso concursal de TELESEVILLA INFORMACION DIGITAL, S.L.U., con C.I.F B-91832022 y domicilio en calle Cinamomo, 6 CP: 41020 Sevilla, llevado en este mismo juzgado con el nº 84/16. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. Se aprueba la rendición de cuentas del AC. 2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo proceder a la destrucción de la credencial entregada, toda vez que a partir de la notificación de la presente resolución pierde su validez. 3) La declaración de extinción de la sociedad TELESEVILLA INFORMACION DIGITAL, S.L.U., con C.I.F B-91832022 y domicilio en calle Cinamomo, 6 CP: 41020 Sevilla, y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. 4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 35 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de Mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley concursal. 5) Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de cinco días su presentación ante el Registro Mercantil. 6) Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso. 7) Llevar el original de esta resolución al Libro de Autos, dejando testimonio en los autos. 8) Una vez los mandamientos hayan sido diligenciados y unidos al expediente, su archivo, previa baja en los libros de su razón. Lo acuerda y firma Fco. Javier Carretero Espinosa de los Monteros, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Sevilla. Sevilla, 22 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.

  2. Otro acto concursal23/03/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SevillaProc. 84/2016Auto 15/02/2016

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 84/2016, con NIG 4109142M20160000193, por Auto de fecha 15 de febrero de 2016, se ha declarado en concurso al deudor TELESEVILLA INFORMACIÓN DIGITAL, SLU, con CIF B-91832022, con domicilio en calle Cinamomo, 6, de Sevilla. 2.º Las facultades de la Administración son las de intervención, autorizando o dando su conformidad a los actos de disposición y administración del deudor, respecto de su patrimonio. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, directamente ante la Administración Concursal don Pedro López López, con DNI 27304637-A, en nombre y representación de la entidad Abastar Concursales, SLP, con CIF B-90058447, con domicilio en avenida San Francisco Javier, 9, edificio Sevilla II, planta 1, módulo 1, 41018 - Sevilla; con teléfono 954 65 64 69 y fax 954 65 46 19, y con dirección de correo eléctronico: [email protected], bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 9 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  3. Otro acto concursal16/03/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SevillaProc. 84/2016Auto 01/03/2016

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 84/2016, con NIG 4109142M20160000193, por auto de fecha 15/02/16 se ha declarado en concurso al deudor TELESEVILLA INFORMACION DIGITAL, SLU, con CIF B-91832022, con domicilio en calle Cinamomo, 6, de Sevilla. 2º.- Las facultades de la administración son las de INTERVENCIÓN, autorizando o dando su conformidad a los actos de disposición y administración del deudor, respecto de su patrimonio. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, directamente ante la Administración Concursal D. Pedro López López con D.N.I 27304637-A en nombre y representación de la entidad Abastar Concursales, SLP, con C.I.F. B-90058447, con domicilio en Avda. San Fco. Javier, 9, Edificio Sevilla II, planta 1, módulo 1, 41018 Sevilla, con teléfono 954656469 y fax 954654619, y con dirección de correo eléctronico: [email protected], bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 1 de marzo de 2016.- La letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.