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Concurso de acreedores

TEKNODAT SL

CIF B60206877Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 20/06/2013 → 06/06/2015
Procedimiento
314/2013

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso06/06/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 314/2013Auto 14/05/2015

    Edicto Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario del Juzgado Mercantil nº 1 de Barcelona, Por el presente, hago saber: Que en el Concurso voluntario tramitado bajo el nº 314/2013-B, de la entidad mercantil Teknodat, S.L., con CIF B-60206877, se ha dictado auto de fecha 14 de mayo de 2015, en el cual se acuerda la Conclusión del presente Concurso por finalización de las operaciones de liquidación de la masa activa, acordándose asimismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada, asi como la inscripción de conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro publico correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente, en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la publicación del mismo, aprobando la rendición de cuentas formulada por la administración concursal. Barcelona, 15 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal20/06/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 314/2013Auto 31/05/2013

    Edicto Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2013-8002282 y nº 314/2013B se ha declarado el concurso voluntario de fecha 24/5/2013 de Teknodat, S.L., con C.I.F. nº B-60206877 y domicilio en C/ Galileo, 119, Terrassa, en el que se ha decretado Intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento Abreviado. El administrador concursal es Don Vicente Puchol Aliaga, con domicilio en C/Roger de Lluria, 115, 5-2, 08037 Barcelona y correo electrónico [email protected] Conforme a los dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C/Roger de Lluria, 115, 5-2 08037 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio.También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes.Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. En Barcelona, 31 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.