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Concurso de acreedores

TEIGOS SOCIEDAD LIMITADA

CIF B26167882Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
217/06/201324/05/2022
Procedimiento
361/2013
Juzgado
PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 6

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso24/05/2022
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 6Proc. 361/2013Juez : RAFAEL YANGÜELA CRIADOAuto 24/05/2022

    Auto declaración cumplimiento convenio

  2. Declaración de concurso17/06/2013
    ⚖️ LOGROÑOAuto 31/05/2013

    Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial de Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000361/2013 y NIG n.º 26089 42 1 2012 0009175, se ha dictado en fecha veintinueve de abril de dos mil trece, auto de declaración de concurso voluntario y abreviado del deudor Teigos, S.L., con CIF B-26167882, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Avenida de Portugal, n.º 2, 6.º Logroño. 2.º Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a don Alberto Gil-Albert Gómez, nombrado administrador concursal, con DNI número 165276714-N, mayor de edad, estado civil casado, con domicilio profesional en calle Gran Vía, n.º 2, 1.º Logroño, y correo electrónico: [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento a los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicada en el punto anterior, en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el BOE. Logroño, 31 de mayo de 2013.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.