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Concurso de acreedores
TECNICAS CONSTRUCTIVAS INDUSTRIALES 2014 SL
CIF B87088092Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 16/02/2016 → 21/01/2021
- Procedimiento
- 986/2015
- Juzgado
- MERCANTIL - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso21/01/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 986/2015Juez : EMILIO ZORNOZA ARANAAuto 15/01/2021
Se acuerda la conclusión y archivo del concurso y se declara la extinción de la mercantil.
- Otro acto concursal11/08/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 986/2015Juez : MARÍA JOSÉ DORTA RODRÍGUEZAuto 15/01/0202
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- Conclusión del concurso11/08/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 986/2015Juez : MARÍA JOSÉ DORTA RODRÍGUEZAuto 15/01/0202
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- Apertura de liquidación16/02/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 986/2015Auto 02/02/2016
D. Mariano Rodríguez Trotonda, Letrado de Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, Anuncia: 1. Que en el concurso Abreviado 986/2015, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2015/0260263, por auto de fecha 2 de febrero del 2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Técnicas Constructivas Industriales 2014, S.L., con n.º de identificación B-87088092, y domiciliado en Londres, 25, bajo Parla (Madrid). 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4. La identidad de la Administración concursal es D. Enrique Blasco Alventosa, con domicilio postal en c/ San Andrés, 25 bajo, en Madrid 28004, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7. Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 2 de febrero de 2016.- Letrado de Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.