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Concurso de acreedores

TECNICA CONSTRUCTIVA, ABL62, SL

CIF B39667829Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
603/08/201505/11/2021
Procedimiento
611/2014
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTANDER

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal05/11/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTANDER Proc. 611/2014Juez : Jacinto Talens SeguiAuto 24/07/2020

    El Auto de 5 de febrero de 2021 acuerda la declaración y la conclusión del concurso de acreedores de Offering Services, S.L.

  2. Otro acto concursal08/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTANDER Proc. 611/2014Auto 13/04/2021

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  3. Otro acto concursal08/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTANDER Proc. 611/2014Auto 13/04/2021

    Cese de Administrador concursal

  4. Conclusión del concurso19/04/2021
    ⚖️ SANTANDERProc. 611/2014Auto 13/04/2021

    Edicto. D./Dª. María de las Nieves García Pérez Letrado/a de la Administración de Justicia del JUZGADO MERCANTIL N.º 1 de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso n.º 611/2014 se ha acordado por Auto de fecha 13 de abril de 2021, lo siguiente: 1.º Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado TÉCNICA CONSTRUCTIVA ABL 62, S.L. con CIF B39667829, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2.º Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3.º Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4.º Se acuerda el cese de la Administración Concursal. 5.º Se acuerda la extinción de la persona jurídica de TÉCNICA CONSTRUCTIVA ABL 62, S.L. con CIF B39667829 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 13 de abril de 2021.- La Letrada de la Administracion de Justicia, María de las Nieves García Pérez.

  5. Conclusión del concurso13/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTANDER Proc. 611/2014Juez : NO CONSTA NO CONSTAAuto 13/04/2021

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  6. Otro acto concursal03/08/2015
    ⚖️ SANTANDERAuto 16/07/2015

    Edicto Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, Hago saber; 1.º Que en el procedimiento concursal 0000611/2014, por auto de fecha 03/07/15 se ha declarado en concurso al deudor TÉCNICA CONSTRUCTIVA ABL 62, S.L., con C.I.F. número B39667829, y con domicilio en calle Lealtad, 13 entresuelo dcha. Santander. 2.º Que se suspende al deudor en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que ha sido designado administrador concursal D.ª SONIA GARZÓN CORRAL, con D.N.I. número 72.054.006-C, mayor de edad, con domicilio profesional en Avenida Calvo Sotelo n.º 11 - entresuelo izda. 39002 Santander, para el ejercicio del cargo en la localidad de Santander, dentro del ámbito territorial del Juzgado, con número de teléfono 942.31.09.62, número de fax 942.214.607, correo electrónico: [email protected] Santander, 16 de julio de 2015.- La Secretaria.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.