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Concurso de acreedores

TAPIS ESTIL SOCIEDAD LIMITADA

CIF B46666301Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
408/05/200916/06/2015
Procedimiento
397/2009
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso16/06/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 397/2009Auto 20/05/2015

    D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 397/2009 Voluntario, de la deudora Concursada Tapis Estil, S.L. y Tapidecor 2003, S.L., con CIF n.º B-46.666.301 y B-46348264, con domicilio en la Carretera de Valencia a Alicante, s/n, Km 229 Sueca y Travesía Cronista Burguera, s/n, Sueca (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 20 de mayo de 2015 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 20 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.

  2. Conclusión del concurso24/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 397/2009Auto 05/04/2013

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado- 397/2009 Voluntario, de la deudora Concursada Tapis Estil, S.L., con CIF N.º B-46.666.301, con domicilio en la Carretera de Valencia a Alicante s/n, KM 229 Sueca, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 5 de abril de 2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 5 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

  3. Apertura de liquidación14/05/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 2 de ValenciaProc. 397/2009Auto 20/04/2011

    Don Jorge Victor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado n.º 397/2009 voluntario, de la deudora Concursada Tapis Estil, S.L., con CIF n.º B-46.666.301, con domicilio en la Carretera de Valencia a Alicante s/n, km 299 Sueca en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 20 de abril de 2011 por el Ilmo. Sr. Magistral-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 20 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.

  4. Declaración de concurso08/05/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 397/2009Auto 22/04/2009

    D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado nº 397/2009, habiéndose dictado en fecha 22 de abril de 2009 por el Ilm. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Tapis Estil SL con domicilio en Carretera de Valencia a Alicante s/n, km 229 Sueca y CIF nº B-46666301. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la admisnistración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones acordadas en el B.O.E., puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 22 de abril de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.