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Concurso de acreedores
TANCAMENTS SANTACREU SL
CIF B62416607Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 01/04/2015 → 16/06/2018
- Procedimiento
- 71/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal16/06/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de BarcelonaProc. 71/2015Auto 05/06/2018
Edicto Don José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 71/2015-M se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de TANCAMENTS SANTACREU, S.L., con NIF-B62416607, con domicilio en calle Montsec, 1, 08080-Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 5 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal01/04/2015⚖️ BARCELONAProc. 71/2015Auto 17/03/2015
Edicto Secretario Judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 71/2015-M se ha declarado, mediante auto de fecha 23/02/2015, el concurso voluntario de Tancaments Santacreu, S.L., con CIF B-62416607, con domicilio social en Barcelona, en calle Monsec, n.º 1, bajos, local, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 33.903, folio 202, hoja B-222455, inscripción 1.ª, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del curso abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Manuel Ledesma García lo que acredita exhibiendo el DNI núm. 07741418D, en calidad de Abogado, con domicilio en plaça Francesc Macià, n.º 5, 3.º-1.ª, de Barcelona (08021), calle (dirección electrónica [email protected] y número de teléfono 934146869) por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto. El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar, en su caso, la personación en el Servicio Común de los Juzgado Mercantiles. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Barcelona, 17 de marzo de 2015.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.