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Concurso de acreedores
TALVIK EUROPEA SL EN LIQUIDACION
CIF B97039598Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 07/11/2016 → 11/02/2021
- Procedimiento
- 579/2014
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso11/02/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 579/2014Juez : SALVADOR VILATA MENADASAuto 16/10/2020
AUTO DE CONCLUSIÓN DEL CONCURSO ABREVIADO, DICTADO EN SU SECCIÓN QUINTA, CON TODOS SUS EFECTOS LEGALES INHERENTES, ACORDÁNDOSE LA CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN REGISTRAL
- Otro acto concursal28/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 579/2014Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 16/10/2020
Declarar en concurso y la apertura de la fase de liquidación.
- Conclusión del concurso28/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 579/2014Juez : PEDRO JOSE MALAGON RUIZAuto 16/10/2020
DIOR PLAN DE LIQUIDACION ANUNCIAR Y DAR PLAZO PARA OBSEVACIONES ART. 416.3 TRLC
- Declaración de concurso07/11/2016⚖️ VALENCIAAuto 12/09/2016
Doña María Isabel Boguñá Pacheco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado en autos de concurso de acreedores núm. 579/14 se ha dictado en esta fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil Talvik Europea, S.L., con CIF B-97039598, y domicilio en El Puig (Valencia), Partida la Cartuja, núm. 7-1-2.º, habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor, y habiéndose nombrado administrador concursal a D. Alejandro Aparicio Ferrer, Economista, con domicilio profesional en Valencia, calle General Sanmartín, núm.1, 3.ª, y dirección electrónica [email protected]. Se llama a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación de este edicto en el BOE puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 12 de septiembre de 2016.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.