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Concurso de acreedores
TALLERS AGUADE SA
CIF A58074907Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 07/02/2013 → 16/02/2017
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso16/02/2017⚖️ BARCELONAAuto 28/11/2016
Edicto D. Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en el Concurso 784/12-F seguido en este Juzgado a instancia de la Procuradora Eva Puig Gracia en nombre de Tallers Aguade, Sociedad Anónima, con Código de Identificación Fiscal número: A58074907 y domicilio en Avenida de la Riera, 14 de Sant Just Desvern de Barcelona se ha dictado en fecha 28 de noviembre de 2016 auto acordando la conclusión del concurso, cesando todos lo efectos de la declaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 28 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal07/02/2013⚖️ BARCELONAAuto 22/01/2013
Don Ignacio Asensio-Wandosell García-Cabañas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso 784/12-F, en el que se ha dictado con fecha 15-01-13, auto declarando en estado de concurso voluntario abreviado a la empresa Tallers Aguade, S.A., con A-58074907 y domicilio en avda. de la Riera, 14 de Sant Just Desvern (Barcelona) con sus facultades suspendidas. Se ha nombrado Administrador concursal a G.A.C. Grupo De Asesoramiento y Consulting, Sociedad Limitada quien ha designado para que ejerza las funciones de Administrador concursal a don Antonio Carlos Albert Seseña, siendo Economista quien en fecha 21-01-13 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal c/ Balmes, 26,3-1, 08007-Barcelona y dirección electrónica [email protected] Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 22 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.