InicioJusticiaTALLERES BASARPE SL

Concurso de acreedores

TALLERES BASARPE SL

CIF B01013333Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
210/06/200923/04/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación23/04/2010
    ⚖️ VITORIAAuto 17/03/2010

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 118/09 referente al concursado "Talleres Basarpe, S.A",. con DNI B01013333, por auto de fecha 17 de marzo de 2010 se ha acordado lo siguiente: Primero.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.-Se ha declarado disuelta la sociedad "Talleres Basarpe, S.A.", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarta.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el "Boletín Oficial del Estado" cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Vitoria-Gasteiz, 17 de marzo de 2010.- El/la Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal10/06/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-GasteizAuto 14/05/2009

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 118/09, por auto de 14 de mayo de 2009, se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Talleres Basarpe, S.A., con NIF B01013333 con domicilio en Carretera Vergara, n.º 27, Vitoria-Gasteiz, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Vitoria. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletin Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Vitoria, 14 de mayo de 2009.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.