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Concurso de acreedores

TALIBE ACERNAN SL

CIF B64270713Ver la ficha de la empresa

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121/05/201221/05/2012

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso21/05/2012
    ⚖️ BARCELONAAuto 25/04/2012

    Doña María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de Asunto.- Concurso Voluntario núm 252/12-b. Tipo de Concurso.- Concurso Voluntario Abreviado. Entidad Instante del Concurso y NIF.- Talibe Acernan, S.L., en liquidación CIF B64270713 con domicilio en C. Casanova, 118, 1.º B, Barcelona. Fecha del Auto de Declaración.- 25 de abril de 2012. Administradores Concursales.- Ojeda Economistes, S.L.P., con domicilio en Avda. San Antoni María Claret, n.º 71, 1.º 1.ª de Barcelona y teléfono n.º 934569517 y dirección electrónica: [email protected]. Facultades del Concursado.- Suspendidas. Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 27 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.