InicioJusticiaTabira Automoción, S.A

Concurso de acreedores

Tabira Automoción, S.A

CIF B48227268Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
109/05/201509/05/2015
Procedimiento
198/2015

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal09/05/2015
    ⚖️ BILBAOProc. 198/2015Auto 04/03/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 198/2015, por auto de 07/04/2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Tabira Automoción, S.A., con CIF B-48227268, con domicilio Iurreta (Bizkaia), Polígono Industrial, U.A.I. 3, número 1, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Iurreta (Bizkaia) Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que la administración concursal está integrada por: Escobosa y Asociados Auditores Consultores, S.L.P., cuya representación ostenta D. Francisco Javier Escobosa San Miguel, Economista y Auditor de Cuentas. Dirección correo electrónico: tabiraautomoció[email protected] Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 4 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.