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Concurso de acreedores

T.M. EMBALAJES SL

CIF B96557848Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
218/02/201315/06/2018
Procedimiento
1528/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso15/06/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 1528/2012Auto 30/05/2018

    Dña. Cristina Mª Valero Domenech, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1528/2012, habiéndose dictado en fecha 30 de mayo de 2018 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte Dispositiva Se Decreta la CONCLUSIÓN Del Concurso Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1528/2012, promovido por el Procurador Sr. Just Vilaplana, Julio Antonio, en nombre y representación de la mercantil TM Embalajes SL, y el ARCHIVO de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª David Ortega Albiñana, con DNI N° 22692200D, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil TM Embalajes SL, con C.I.F. B96557848, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 23 de abril de 2018. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Just Vilaplana, Julio Antonio a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos. Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2º del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC) Así por este Auto, lo pronuncia manda y firma el Ilmo/a. Sr./a D/Dña Montserrat Molina Pla Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. Valencia, 30 de mayo de 2018.- El/La Letrado/a Admón. Justicia.

  2. Declaración de concurso18/02/2013
    ⚖️ VALENCIAProc. 1528/2012Auto 31/01/2013

    Doña María Teresa García Grande, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 1528/2012, habiéndose dictado en fecha 31 de enero de 2013 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de TM Embalajes, S.L. con CIF B96557848, decretándose la intervención de las facutades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don David Ortega Albiñana, con domicilio profesional en calle Poeta Querol, n.º 7-3, Valencia, teléfono 96-3530001, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 31 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.