InicioJusticiaSUTEGA SL

Concurso de acreedores

SUTEGA SL

CIF B11054830Ver la ficha de la empresa

Pasivo 5.803.678 €Activo 2.224.601 €
Publicaciones
317/06/201420/11/2024
Procedimiento
652/2014
Juzgado
Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso20/11/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 652/2014Juez : ANA MARIN HERREROAuto 12/11/2024

    Auto conclusión del concurso

  2. Otro acto concursal07/05/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 652/2014Juez : ALFREDO FERNANDEZ RIENDAAuto 07/05/2024

    BOLETIN RENDICION CUENTAS

  3. Otro acto concursal17/06/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CádizAuto 20/05/2014

    Edicto Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 652/14 con NIG: 1101242M20140000597, por auto de 20 de mayo de 2014, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Sutega, S.L., con CIF: B-11.054.830 y domicilio en avenida del Guadalete, s/n, Cádiz. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido don Luciano Gil Delgado, con domicilio en Jerez de la Frontera, C/Sevilla, número 42, 2.º L, y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 6 de junio de 2014.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.