InicioJusticiaSUSO AÑON PELUQUEROS SL

Concurso de acreedores

SUSO AÑON PELUQUEROS SL

CIF B15447501Ver la ficha de la empresa

Pasivo 523.383 €Activo 520.364 €
Publicaciones
814/12/202012/06/2024
Procedimiento
99/2021
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA · Mercantil - 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal12/06/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 99/2021Auto 28/05/2024

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso12/06/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 99/2021Juez : José María Fernandez SeijoAuto 28/05/2024

    sol·licitud de conclusión y aportan rendición de cuentas

  3. Otro acto concursal29/05/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 99/2021Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 13/05/2024

    Boletín Estadístico de Rendición de Cuentas

  4. Conclusión del concurso29/05/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 99/2021Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 28/05/2024

    Se decreta la conclusión del concurso

  5. Otro acto concursal13/04/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 99/2021Juez : ZIGOR OYARBIDE DE LA TORREAuto 28/05/2024

    Auto separa al administrador concursal AGUSTIN JESUS ARANGUREN ILARDIA y se nombra nuevo administrador concursal a RIESCO, GONZALEZ-CUEVA Y PAYER PROADCON SLP

  6. Apertura de liquidación23/07/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 99/2021Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 26/03/2021

    AUTO APERTURA FASE LIQUIDACION ANTES DEL FIN FASE COMUN

  7. Declaración de concurso29/04/2021
    ⚖️ A CORUÑAProc. 99/2021Auto 12/03/2021

    Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de concurso arriba referenciado concurso abreviado voluntario 99/2021, con Número de Identificación General 15030 47 1 2021 0000199, relativo al deudor Suso Añón Peluqueros, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-15447501, domiciliada en calle Real, número 150, bajo, en Ferrol, A Coruña, se ha dictado en fecha 12 de marzo de 2021, el auto de declaración de concurso en el que se acordó: "Dispongo: 1.- Declaro la competencia territorial de este juzgado para conocer de la solicitud de concurso voluntario, presentada por la procuradora doña Marta Pereira de Vicente, en nombre y representación de Suso Añón Peluqueros, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B 15447501, domiciliada en calle Real, número 150, de Ferrol, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña en el Tomo 1453 del Archivo, Sección General, folio 27, hoja C-10862. 2.- Declaro en situación legal de concurso voluntario a la entidad Suso Añón Peluqueros, Sociedad Limitada. 3.- Su tramitación seguirá las reglas del Procedimiento Abreviado. 4.- Se acuerda la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio. 5.- La administración concursal, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: Díaz Delgado Abogados, Sociedad Limitada Profesional, con domicilio profesional en calle Emilia Pardo Bazán, número 22, planta 1, de A Coruña, teléfono 981122285, correo electrónico [email protected]. 6.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33, 251, 255 y 256 del Texto Refundido Ley Concursal, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado. 7.- Hágase saber a la administración concursal que el plazo para la presentación del informe es de un mes, de conformidad con el artículo 525 Texto Refundido Ley Concursal. El inventario de bienes y derechos de la masa activa deberá ser presentado dentro de los quince días siguientes a la aceptación del cargo (artículo 525 Texto Refundido Ley Concursal). La Administración Concursal tiene un mes desde la aceptación para presentar el informe provisional –artículo 525 Texto Refundido Ley Concursal -, sin perjuicio de la prórroga ya otorgada, prevista en el artículo291.1 Texto Refundido Ley Concursal hasta cinco días después de la expiración del plazo de comunicación de créditos, si transcurrido el plazo señalado no hubiera finalizado el periodo para la comunicación de créditos legalmente previsto. Presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. La Coruña, 23 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.

  8. Otro acto concursal14/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 99/2021Juez : CRISTINA CIFO GONZALEZAuto 12/03/2021

    AUTO DECLARANDO CONCLUSION CONCURSO

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.