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Concurso de acreedores
SUN COMUNICACIONES Y SERVICIOS SL
CIF B86840535Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 06/08/2020 → 01/09/2020
- Procedimiento
- 666/2020
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal01/09/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 666/2020Auto 17/07/2020
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 666/2020, por auto de fecha 16/07/2020, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de la mercantil Sun Comunicaciones, S.L.U., con CIF B-86840535, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 17 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.
- Otro acto concursal06/08/2020⚖️ MADRIDProc. 666/2020Auto 16/07/2020
Edicto. El Juzgado de lo mercantil de lo mercantil, n.º 12, de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 666/2020, por auto de fecha 16 de julio de 2020, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de la mercantil SUN COMUNICACIONES, S.L.U., con CIF.- B-86840535, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. Art. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 17 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.