Concurso de acreedores
SUMOLMA SA
CIF A58316548Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 16/11/2015 → 22/03/2018
- Procedimiento
- 816/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona
- Administración concursal
- Don Jordi Albiol Plans
Cronología del expediente
- Otro acto concursal22/03/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de BarcelonaProc. 816/2015Auto 20/02/2018
EDICTO Don Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona, Hago saber: En el Concurso Voluntario abreviado 816/2015-E se ha dictado un auto de fecha 19-02-2018 por el que se ha declarado concluso el concurso de SUMOLMA, S.A., con NIF A58316548, con domicilio en Calle Occitania, 58, PB, 08911 - Badalona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 20 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso16/11/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de BarcelonaProc. 816/2015Auto 28/10/2015
Edicto de declaración de concurso Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto eI presente edicto aI objeto de dar publicidad aI Auto de Declaración de Concurso dictado por este Juzgado. Número de asunto: Concurso 816/2015 Sección G. NIG: 08019-47-1 -2015-8003712. Fecha del Auto de declaración: 28 de octubre de 2015. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada: SUMOLMA, S.A., con domiciIio en Badalona (Barcelona), calle MuriIIo, n.° 33, con CIF n.° A-58316548. Administradores concursales: Don Jordi Albiol Plans. Dirección Postal: Calle Escoles Pies, n.° 102, 08017 - Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de Ia mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de Ia Administración Concursal, a través de Ia dirección postal o electrónica antes señaladas y en Ia forma establecida en eI artículo 85 de Ia Ley Concursal, Ia existencia de sus créditos en eI plazo de un mes a contar desde Ia publicación en eI "BOE". Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en eI proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante Ia Unidad de Apoyo Concursal de Ios Juzgados Mercantiles. Barcelona, 3 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Adm. de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.